Si al momento de realizar la cancelación de un CFDI o de recibir una solicitud de cancelación aprecias que la característica del documento es Cancelable CON aceptación, deberás considerar el siguiente flujo: Al existir una solicitud de cancelación de un CFDI el receptor de la factura recibirá un mensaje mediante el Buzón Tributario, informando que existe una solicitud de cancelación. El receptor deberá manifestar la aceptación o el rechazo de la cancelación a través del Portal del SAT o bien sí es cliente MYSuite lo podrá revisar desde el portal de facturación, dando clic en el menú “Solicitudes Pendientes de Cancelación” dentro de los tres días hábiles siguientes contados a partir de la recepción de la solicitud. En caso de no emitir respuesta, se considera como una respuesta positiva ficta y la factura será cancelada. Saludos cordiales. | |