Si después de emitir cualquier CFDI:
Identificas que contiene algún error (Ej. RFC Receptor incorrecto, clave de producto o servicio errónea, falta de datos solicitados por el SAT o por tu cliente, entre otros) y necesitas reexpedirlo, recuerda…
- Deberás cancelar el comprobante anterior y emitirlo nuevamente, realizando lo siguiente:
En el campo “Tipo de Relación”, selecciona la descripción “Sustitución de los CFDI previos” (Correspondiente a la clave 04 en el catálogo c_TipoRelación del SAT).
Seguidamente, en el campo “Listado Folios Fiscales”, anota el UUID (Folio Fiscal de 36 caracteres alfanumérico incluyendo los guiones que lo conforman) del comprobante que previamente cancelaste (sin dejar espacios en blanco intermedios, ni al inicio o final de la cadena del folio).
Ej. 010f234f-a9d1-1419-bc85-a22916e111a0,010f234f-a9d1-1419-bc85-a22916e111b0
… de esta manera la sustitución de tus CFDI estará correctamente aplicada.
Importante:
Para emitir el nuevo CFDI en sustitución, es imprescindible contar con la confirmación de la cancelación anterior; porque si el proceso se realiza de forma inversa, el comprobante original clasificaría como “CFDI NO cancelable” de acuerdo con el nuevo esquema de cancelación (por estar relacionado en uno posterior).
Por otra parte, al contar con el acuse de cancelación, evitarás el riesgo de posibles duplicidades de ingresos para tu negocio empresa o bien, para tus empleados si se tratara, de un recibo de nómina; entre otros supuestos.